Ordenanzas de
cortar árboles en los ríos.-
Es otra de las ordenanzas como la anterior que
contempla aspectos de plena actualidad con relación a la protección de lo que
hay llamamos biodiversidad fluvial. Las ordenanzas se extienden a los
principales ríos del entorno como el Guadajoz, Marbella y Guadalmoral, pero
también a otros qualesquier arroyos
concejiles y prohíben la corta o tala de álamos blancos o negrales, fresnos
y tarajes.
Que ninguna persona corte en los ríos de guadaxox y guadalmoral y
mearvella ni de otros qualesquier arroyos concejiles ningun alamo ni frexno y
su fuere tomadp cortando o se le provare que lo corto en qualquiera de los ríos
o arroys arriba contenidos incurra en pena de seiscientos maravedíes…
Como en casos anteriores, los contenidos de
estas ordenanzas tienen su propio valor histórico-legislativo, pero también
aportan información de vital importancia para los gestores actuales en cuanto
que las citas de las diferentes especies de árboles nos aportan información
básica para tener en cuenta en las actuaciones de recuperación de unas riberas,
hoy día degradas y dominadas por tarajes, sin apenas álamos (ni blancos ni
negros) o fresnos
Ordenanzas de
los pozos.-
Esta ordenanza regula el uso y precio del
abastecimiento a persona y diferentes tipos de ganado desde los pozos de la
villa bajo la licencia de su dueño, y recoge un aspecto interesante sobre la
venta de las sobras de aguas.
Que qualquier persona qu beviere agua con qualquier ganado en
qualesquier pozos de esta villa de vaena y de su termino sin licencia de su
dueño que por cada vegada paqague en pena seiscientos maravedís y que esta pena
sea para el Señor del pozo.
Ordenanzas de
los linos.-
Estas ordenanzas velaban por el mantenimiento de
la calidad del agua en la medida que limitaban la cocción del lino y el esparto
a determinados tramos e incluso, como en el caso del Guadajoz, su completa
prohibición. Durante la cocción, el lino y el esparto se introducía en el río
durante varios días para que la fibra vegetal perdiera color y adquiera la
plasticidad suficiente para su posterior tratamiento.
Otrosi que en el rio de guadaxox no hechen linos ni espartos E que si lo
quisieren cozer que sea fuera del dicho rio siendo un galapagar o pozo
arredrado del dio rio de manera que el agua no torne al rio so pena pena que si
de otra manera lo hiziere o siéndoles provado yncurran en pena de seiscientos
maravedís…
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