martes, 27 de octubre de 2015

El derecho humano al agua, la comunicación y la demagogia

La inmensa mayoría de los ciudadanos no tienen una idea clara de lo que es, lo que conlleva y lo que representa, la gestión del agua en su población. Los usuarios del servicio público de agua, allí donde existe, necesitan y exigen agua potable y que sus aguas residuales sean recogidas y depuradas de manera segura. Para que estos servicios públicos respondan a las necesidades de los consumidores, y de las autoridades, deben ser de buena calidad, fiables, y su coste optimizado. Los costes son siempre soportados por los usuarios como consumidores, a través de las facturas de agua, o bien como ciudadanos a través de los presupuestos públicos. Y todos sabemos que el buen desempeño en los servicios de agua y saneamiento requiere medios y competencias adecuadas, fundamentalmente jurídicas, financieras y operacionales. Contar con una empresa privada para asegurar estos criterios es una de las opciones con las que cuentan las distintas Administraciones responsables y titulares del servicio.

La participación privada contribuye y vela por el cumplimiento del derecho humano al acceso al agua y al saneamiento, en las condiciones propuestas por la ONU.


Desde hace tiempo circulan muchas ideas falsas sobre el trabajo que realizan las empresasprivadas que gestionan servicios públicos del ciclo del agua en poblaciones. Los operadores privados, controlados por las Administraciones públicas responsables legítimas del servicio, son muchos menos numerosos que los públicos. Sin embargo son mucho más visibles que las otras alternativas de gestión elegidas por las Administraciones porque concentran los comentarios  y prejuicios que estereotipan a la empresa privada. Como el trabajo de los operadores privados está reglamentado, formalizado, y es transparente para controles externos y difusión de informes detallados de gestión, su acción es mucho más conocida dentro de los informes institucionales o académicos, que la de otros operadores. Además el morbo de la gente es mucho más intenso hacia lo privado que hacía lo público, y las expectativas son mayores. En definitiva el grado de conocimiento de la forma de trabajar de las empresas privadas del servicio público del agua es mucho mayor que la de cualquier otro tipo de gestor de este servicio. La cantidad de artículos y estudios sobre los operadores privados es desproporcionada en relación a su participación en el sector de servicios de agua y saneamiento. Y las informaciones que aparecen en muchas ocasiones no responden a la realidad, son interesadas y excluyentes, solo contemplan como opción posible la gestión pública demonizando la gestión indirecta y, además y esto es lo más grave desde la vertiente de comunicación, difunden medias verdades. Analicemos algunas.
“Han privatizado al agua”. El agua nunca se privatiza, siempre es de dominio público. En España está garantizada esta titularidad desde el siglo XIX (Ley de Aguas de 1879). Pero la ley permite que el titular del servicio, la Administración Local para la gestión urbana, pueda optar por realizar la gestión del servicio directamente o indirectamente mediante contrato con una compañía especializada, por concesión o empresa mixta. El Tribunal Constitucional ha señalado recientemente que “un servicio no deja de ser público porque sea prestado por funcionarios o por empleados, mientras sea de titularidad pública”.
“La gestión privada no garantiza el derecho humano al agua”. Una afirmación tendenciosa y demagógica, falsa a todos los efectos. El derecho humano al agua, entendido como las condiciones a cumplir propuestas por la ONU, deja libertad a los Estados a la hora de decidir cómo gestionar este servicio de acceso universal. La participación privada también contribuye y vela por el cumplimiento del derecho humano al agua. Tal y como indica Catarina de Albuquerque, la relatora de la ONU, sobre el derecho humano al agua y el saneamiento: “Apoyé la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE) sobre el agua, pero también la he criticado porque sus autores vinculan el reconocimiento del acceso al agua y al saneamiento como derecho con la prohibición de la participación del sector privado. Los derechos humanos son agnósticos en cuanto a la forma de prestación de servicios. Puede y debe darse la participación del sector privado. Las grandes multinacionales de agua prestan servicio al 3% o 4% de la población mundial, mientras que los pequeños proveedores lo hacen al 25%. Mucha gente no tendría acceso al agua sin esta participación privada.”

Hace falta más comunicación desde el sector del agua, en cantidad y en calidad, para que los ciudadanos puedan contrastar y formarse una opinión sobre algo fundamental para su calidad de vida.”
El Parlamento Europeo aprobó la Iniciativa Ciudadana Rigth2Water que proponía la consideración del acceso al agua como un Derecho Humano. Pero señala que los Estados miembros tienen la obligación de garantizar este acceso “con independencia del proveedor”. De este modo el Parlamento Europeo desliga la consideración del acceso al agua y al saneamiento como un derecho humano respecto de la naturaleza pública o privada de la empresa que preste el servicio. Destaca también que el agua debe ser un derecho “asequible”, término que en ningún caso puede interpretarse como que el servicio debe ser gratuito.
“El agua, por ser un derecho humano, debe de ser gratuita, al menos en una dotación mínima por persona”. ¿Quién dice eso?  El derecho humano al agua, señala la ONU,  es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible físicamente, y asequible para el uso personal y doméstico. Y lo cuantifica en las siguientes medidas: Suficiente (entre 50 y 100 litros por persona y día), salubre (estar libre de microorganismos, sustancias químicas y amenazas radiológicas que constituyan un riesgo para la salud), aceptable (debe de presentar olor, color y sabor aceptables) accesible físicamente (la fuente de agua debe de estar a menos de 1000 metros del hogar y el tiempo de recogida no debe superar los 30 minutos), asequible (el coste de los servicios de abastecimiento y saneamiento no debe superar el 3 % de los ingresos del hogar, no afectando a la capacidad de las personas de adquirir otros servicios esenciales). Además la Directiva Marco del Agua europea (DMA) señala que las tarifas deben servir para recuperar el coste real del servicio. ¿Gratuita?
“El precio del servicio lo impone la empresa operadora”. ¡Que más lejos de la realidad! El responsable de fijar y modificar las tarifas del servicio de gestión del agua en los municipios es el Ayuntamiento. Así se establece en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. La tarifa es aprobada siempre por la autoridad competente, por periodos de tiempo determinados, tras el análisis y justificación de los gastos y de las inversiones que refleja la actividad del operador, sea público o privado, de acuerdo con las características y necesidades que el servicio presenta en cada municipio.
En esta línea se podrían analizar y aclarar muchas más cuestiones que están siendo difundidas como verdades cuando sólo son interpretaciones interesadas de una realidad contrastable. Es muy posible que tanto las empresas como las Administraciones públicas seamos los primeros responsables de estas inexactitudes e intoxicaciones mediáticas. Seguramente vengan motivadas por la falta de información, algo que deberíamos corregir para alimentar al entorno mediático con datos contrastados y veraces. Una vez más revindico que hace falta más comunicación desde el sector del agua, en cantidad y en calidad, para que los ciudadanos, que de tontos no tienen un pelo, puedan contrastar y formarse una opinión propia sobre algo fundamental para su calidad de vida.
Las Administraciones Públicas y las empresas que colaboramos con ellas en la gestión de servicios públicos del ciclo del agua no hemos sabido transmitir el valor de la tarea que llevamos a cabo cada día. La inmensa mayoría de la gente desconoce lo que supone en coste, tecnología, especialización y dedicación, contar con un buen servicio, un excelente servicio “24_7_365” como el que tenemos en España por ejemplo, y sólo lo aprecia, en negativo, cuando falla. Muchos ciudadanos de nuestro entorno están convencidos que el servicio del agua forma parte del “pack ciudad” y que es gratis de inicio, no conciben una ciudad sin agua corriente y saneamiento pero cuestionan si deben pagar por disfrutarlo.
Así pues, la comunicación, basada en mensajes reales, coherentes y veraces, debe ser una constante del sector del agua en beneficio de una sociedad que, cada vez más, demanda soluciones socialmente aceptables y financieramente viables que no comprometan la sostenibilidad del entono y de los recursos. Y, más allá de posturas ideológicas, a los ciudadanos les da igual quien les preste el servicio.
(Publicado po iagua)


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