lunes, 9 de marzo de 2015

Prohibido tirar toallitas al váter en Valencia

VALENCIA

  • La nueva ordenanza de saneamiento del Ayuntamiento de Valencia restringe también el vertido de las trituradoras de basura o los desechos con coloraciones al alcantarillado

Dos técnicos municipales vigilan la red de alcantarillado del...
Dos técnicos municipales vigilan la red de alcantarillado del Ayuntamiento de Valencia. BENITO PAJARES

     
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Ni toallitas higiénicas (salvo las biodegradables) ni los desechos de las trituradoras de basuras ni desechos con coloraciones extrañas. Ninguno de estos componentes de uso cotidiano en muchos hogares podrá tirarse al váter a partir de ahora en Valencia. La nueva ordenanza de saneamiento del Ayuntamiento de Valencia ha ampliado la lista de vertidos que, con carácter general, no se pueden realizar en la red de alcantarillado «porque pueden resultar peligrosos o inconvenientes en las instalaciones de saneamiento», según reza la nueva normativa que aprobará el consistorio. Además de las toallitas no biodegradables, la lista incorpora a partir de ahora la prohibición de verter lodos bentoníticos, productos procedentes de excavaciones, achique de aguas, de desechos con coloraciones indeseables y no eliminables por el sistema de depuración, explicaron fuentes del departamento que dirige la concejala MªÀngels Ramon-Llin.
El objetivo que persigue el nuevo texto normativo municipal es evitar que se produzcan taponamientos en la red de alcantarillado, algo que se da con cierta frecuencia con respecto a las toallitas higiénicas, explicaron fuentes municipales. Pero el texto incorpora algunas novedades siginificativas más. Es el caso, por ejemplo, de la ejecución subsidiaria y que permitiría al Ayuntamiento intervenir en caso de daños ocasionados a su red u obras que no se ajusten a la normativa, actuando de oficio y pasando posteriormente el cargo de los trabajos realizados a los responsables. De esta manera, cualquier empresa que realice obras en la vía pública que afecten al sistema municipal de saneamiento, si no arregla los desperfectos en un plazo prudencial los arreglaría el Ayuntamiento y pasaría la factura.
También queda regulada la forma en que los particulares deben conectarse con el alcantarillado público y suprime la posibilidad de construir acometidas conectadas entre sí y que luego confluyan en el colector municipal.

Las novedades

  • Ejecución subsidiaria. El Ayuntamiento podrá intervenir en las obras de terceros que afecten a la red pública de alcantarillado y que no se arreglen en un plazo prudencial. Después, les pasaría la factura por los trabajos realizados.
  • Aguas grises. Se incorpora el concepto de aguas grises, que son aguas domésticas que no proceden del inodoro y a las que se da el carácter de aguas residuales. Además, se impide la posibilidad de acometidas solidarias.

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